Mayoría rapaz

Bitácora del director

Pascal Beltrán del Río

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| 04 Jul 2024 - 08:20hrs

El 20 de febrero de 2019, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las personas que se encuentran en prisión y no han sido sentenciadas tienen derecho a votar, ya que están amparadas por el principio de presunción de inocencia.


El fallo permitió que 26 mil 569 personas en reclusión sin sentencia ejercieran su derecho al voto en las pasadas elecciones. Y mostró que el TEPJF tiene la facultad de interpretar la Constitución, pues ésta, en su artículo 38, fracción II, establece como causal para la pérdida de los derechos o prerrogativas de los ciudadanos “estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión”.


Si el Tribunal Electoral pudo interpretar la Carta Magna para ampliar los derechos en el caso de los ciudadanos en reclusión sin sentencia, ¿por qué no habría de revisar un tema muy polémico, que restringe los derechos de las minorías, como es la manera en que se asignan los diputados plurinominales?


Como le decía yo aquí el lunes, el artículo 54 constitucional establece que ningún partido puede tener más de 300 diputados, por las dos vías –mayoría relativa y representación proporcional–, y el porcentaje de sus escaños en la Cámara baja no debe rebasar por más de ocho puntos el porcentaje que haya recibido en la elección respectiva.



En el momento en que se realizó dicha reforma (septiembre de 1993), la legislación daba idéntico trato a partidos y coaliciones. En la boleta electoral, ambos ocupaban un solo recuadro, por lo que el votante, si decidía dar su apoyo a una coalición, no podía votar individualmente por alguno de los partidos que formaban parte de ella.


Cuando esta figura se cambió, permitiendo al ciudadano optar por alguno o algunos partidos de la coalición –que ahora aparecen cada uno en un recuadro dentro de la boleta–, el legislador no modificó la Carta Magna para decir que aplican por igual a partidos y coaliciones las restricciones en materia del número máximo de diputados y el tope de sobrerrepresentación que pueden tener luego de que se les asignan los plurinominales.


La ausencia de una palabra ha permitido, indebidamente, que los partidos de una coalición mayoritaria puedan rebasar el tope de sobrerrepresentación, cuando el porcentaje debieran aplicar a la coalición en su conjunto.


Como le decía, con 54% de los votos en la elección de diputados, la alianza partidista liderada por Morena podría tener 373 diputados, es decir, casi 75% del total de la Cámara, lo cual representa más de 20 puntos de sobrerrepresentación.


El INE, encargado de hacer la asignación de los plurinominales, y el TEPJF, responsable de resolver las impugnaciones, debieran considerar que la aplicación literal del texto constitucional permite la violación del derecho de las minorías. ¿Por qué? Porque un bloque parlamentario de ese tamaño puede modificar por sí mismo la Constitución y porque la minoría no tendría el porcentaje suficiente de diputados para presentar una acción de inconstitucionalidad, que es de 33% (artículo 105).


Asignar así los diputados plurinominales es, claramente, un fraude a la ley, porque rompe el espíritu de la Carta Magna, que busca que cualquier reforma a ese texto derive de la negociación parlamentaria y porque va en contrasentido de la protección de las minorías. Esto tendría que revisarlo el Tribunal Electoral, como lo hizo en el caso de los derechos políticos de los ciudadanos en reclusión.


Y ésa es la razón por la que el oficialismo –que es el responsable de que la Sala Superior del TEPJF sólo tenga actualmente cinco de sus siete integrantes– quiere impedir a toda costa que el órgano se complete. Sabe que, en estos momentos, ganaría la votación en la Sala Superior.


Por eso, esa mayoría rapaz quiere llevar a juicio político al juez Rodrigo de la Peza, que osó ordenar al Tribunal que subsane esas dos ausencias.


El oficialismo no quiere que le muevan un ápice a la actual alineación del TEPJF, porque se le podría caer la mayoría calificada, de la que dependen las reformas que quiere el Presidente. En primerísimo lugar, la del Poder Judicial.

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