RepechajeQuirino Moreno Quiza |
| 18 Jul 2024 - 09:51hrs
*** ¿Improvisando ando? El propio presidente López Obrador debe saber muy bien que los liderazgos políticos no surgen por decretos, ni por la decisión de alguien y no son espontáneos…Tampoco por haber ganado alguna elección… Los líderes no son, sino que van siendo con el tiempo y con las acciones… y en algunos casos hasta con mentiras y acciones…Nos referimos a los “liderazgos” que ahora está tratando de identificar Morena en el estado de Veracruz y en el país, pero como morena es un partido muy joven, ha tenido que recurrir a la adopción de liderazgos de otros partidos… aunque no necesariamente cumplan con el requisito de la “ideología”... Hasta ahora, todo se ha tratado de jaar gente de donde sea y hacer ronchita… Y no es crítica, es observación…
*** ¡El mundo del revés! Los señores de Morena se están haciendo bolas con es asunto de la sobrerrepresentación en el Congreso cuando tienen la información correcta muy cerquita de ellos… La doctora Olga Sánchez Cordero tiene muy claro el panorama la que ella, ante la exigencia del PRD en el que militaba el ahora presidente López Obrador, allá por 1998, Sánchez Cordero, co ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, generó Jurisprudencia que a continuación exponemos textual…
MATERIA ELECTORAL. EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL COMO SISTEMA PARA GARANTIZAR LA PLURALIDAD EN LA INTEGRACIÓN DE LOS ÓRGANOS LEGISLATIVOS.
El principio de representación proporcional en materia electoral se integra a un sistema compuesto por bases generales tendientes a garantizar de manera efectiva la pluralidad en la integración de los órganos legislativos, permitiendo que formen parte de ellos candidatos de los partidos minoritarios e, impidiendo, a la vez, que los partidos dominantes alcancen un alto grado de sobrerrepresentación. Esto explica por qué, en algunos casos, se premia o estimula a las minorías y en otros se restringe a las mayorías. Por tanto, el análisis de las disposiciones que se impugnen, debe hacerse atendiendo no sólo al texto literal de cada una de ellas en lo particular, sino también al contexto de la propia norma que establece un sistema genérico con reglas diversas que deben analizarse armónicamente, pues no puede comprenderse el principio de representación proporcional atendiendo a una sola de éstas, sino en su conjunto; además, debe atenderse también a los fines y objetivos que se persiguen con el principio de representación proporcional y al valor de pluralismo político que tutela, a efecto de determinar si efectivamente la disposición combatida inmersa en su contexto normativo hace vigente ese principio conforme a las bases generales que lo tutelan…
*** ¿Ya son transformers? Desde entonces en la Cámara de Diputados se establece el límite de sobrerrepresentación para que ningún partido político pueda contar con más de 300 Diputados por ambos principios ni con un número de Diputados que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida; dicha base no aplicará para el partido que por sus triunfos en Distritos uninominales, haya obtenido un porcentaje de curules del total de la Cámara superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por ciento…Es el Artículo 54 de la Constitución Política de nuestro país… Y todo esto es resultado de aquella rabiosa exigencia del PRD, precisamente para evitar la sobrerrepresentación, cuando la entonces ministra Olga María Sánchez Cordero defendió esa causa de manera firme y decidida… ¿Por qué no se acercan los morenistas a la Ministra para que les dé unas clases a quienes ahora quieren agandallar con el número de diputaciones, haciendo justamente lo que antes repudiaban… ¡Ah!... y no se vayan con la finta, ya que cualquier reclamo, impugnación respecto a la distribución y porcentajes de las diputaciones para evitar la sobrerrepresentación en el Congreso, lo que tendrá que resolver la SCJN y no el IFE ni el TRIFE, como han alegado morenistas y hasta panistas…recuerden que esos porcentajes están en la Constitución…
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