La corte concede primer amparo a la ley minera.

El amparo ordena continuar el trámite de solicitud de concesión minera y no desecharlo conforme al artículo Quinto Transitorio de la reforma por considerarlo inconstitucional al aplicarse de manera retroactiva.

Ciudad de México - Corte concede primer amparo contra la reforma a la Ley Minera / Agencias Noticias

Ciudad de México | 10 Oct 2024 - 08:50hrs

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un amparo, por primera vez, contra la reforma a la Ley Minera, impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, y la declaró inconstitucional.

Dicha reforma restringe nuevas concesiones en el sector minero e impuso mayores requisitos a las empresas que ya tenían sus permisos y deseaban renovarlos.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte los ministros Javier Laynez, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán avalaron la propuesta de declarar inconstitucional el artículo Quinto Transitorio de la reforma que establece que las solicitudes en trámite para nuevas concesiones de exploración y explotación debían ser desechadas sin mayor trámite.

Los ministros señalaron que ese artículo se aplicaba de manera retroactiva en perjuicio de las empresas que tenían sus trámites pendientes de resolución.

"El quejoso (Emiliano Ruiz Hernández) tiene el derecho a que su solicitud sea resuelta de acuerdo con las normas vigentes a la época en que la formuló, en octubre de 2019. Sin embargo, sin justificación alguna, el transitorio impugnado dispone que esas solicitudes serán desechadas sin mayor tramite y esto resulta violatorio del principio de irretroactividad de la ley en perjuicio del gobernado", señala el fallo.

La reforma fue una de las aprobadas por Morena en ausencia de la oposición durante el llamado “viernes negro” en el Senado de la República en abril de 2023.

Fue impugnada mediante acción de inconstitucional y será resuelta por el Pleno de la Corte donde los 11 ministros deben analizar si Morena incurrió en violaciones al procedimiento legislativo.

Sin embargo, para declararla inválida el Pleno requiere de 8 votos que ya no tendrá el bloque mayoritario porque el ministro Luis María Aguilar Morales se retirará el 30 de noviembre próximo.